La Corporación Municipal pide de forma unánime al Gobierno central consensos con el sector pesquero que garanticen su actividad en el Mediterráneo

El Ayuntamiento de la Vila Joiosa ha
celebrado esta mañana su Pleno Ordinario del mes de mayo, por vía telemática, estando
presidido por el Alcalde del municipio, Andreu Verdú, desde el despacho de Alcaldía.
El bloque plenario de la Vila Joiosa, de forma unánime y rotunda, ha mostrado su
apoyo al sector pesquero exigiendo al Gobierno del Estado a reconsiderar su posición
ante la nueva regulación europea que proyecta únicamente 120 días al año a partir de
2025 en lo que se refiere a los días de actividad de cada barco. Solicita al Gobierno la
búsqueda de consensos con el sector pesquero para encontrar la viabilidad a la actividad
pesquera tan importante en el Mediterráneo en general y en la Vila Joiosa, en particular.
Con la aprobación de esta moción por parte de todos los grupos municipales, el
Ayuntamiento de la Vila Joiosa ha mostrado su voluntad de seguir trabajando
conjuntamente en favor de las inquietudes de la Cofradía de Pescadores respecto a la
nueva normativa, y ha querido mostrar su apoyo a un sector que, además de sustento
económico de gran cantidad de familias vileras y de ser un pilar fundamental de nuestra
economía, supone un importante referente de nuestra identidad cultural, turística e
histórica.


El Pleno de la Vila ha aprobado con el voto favorable de todos los grupos
municipales dedicarle una calle, plaza o avenida que quede libre de nombramiento al
escritor Enric Valor, además de apremiar a la Generalitat Valenciana a iniciar los
trámites para que Enric Valor sea condecorado con la Alta Distinción de la Generalitat
Valenciana.

También se ha aprobado por unanimidad delegar en la Diputación Provincial de
Alicante, a través del organismo autónomo SUMA, Gestión Tributaria, las facultades que
el Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de gestión, liquidación, inspección y
recaudación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza
Urbana (IIVTNU).

De forma unánime se ha aprobado provisionalmente la modificación del art. 13º
de la ordenanza fiscal del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de
naturaleza urbana, por el que no serán objeto de tramitación aquellas liquidaciones con
una cuota tributaria igual o inferior a 6,00 euros. Las liquidaciones del impuesto se
notificaran íntegramente a los sujetos pasivos con indicación del plazo de ingreso y
expresión de los recursos procedentes.

El pleno de la Vila también ha aprobado con el voto favorable de todos los
partidos la modificación de la Ordenanza municipal de utilización de las playas y calas
de la Vila Joiosa en su artículo 60 cambiando el título de “playas naturistas” por el de
“playas de uso nudista recomendado”, designación más acorde con el espíritu y la
intención de todo el artículo 60, así como adaptar el logo identificativo general utilizado
en toda Europa.
El voto favorable del equipo de Gobierno y C’s con la abstención del PP aprueba
desestimar las alegaciones formuladas por la Asociación del Casco Antiguo (RE nº
2021007203) contra el acuerdo plenario de fecha 18 de febrero de 2021 de la aprobación
inicial de la modificación de la Ordenanza de Protección del Paisaje Urbano reguladora
de la Instalación de terrazas y elementos de publicidad comercial del municipio de la
Vila Joiosa.

Por unanimidad se ha aprobado la modificación de la ordenanza municipal de
protección del paisaje urbano, reguladora de la instalación de terrazas y elementos de
publicidad comercial, que considera que el plazo de presentación de solicitudes durante
un mes, y que en caso de no efectuarse sean desestimadas, es una medida excesivamente
restrictiva. La modificación amplía la posibilidad de presentar estas solicitudes durante
todo el año para solicitar la ocupación de la vía pública, y mayor facilidad y previsión
del sector hostelero.

También de forma unánime se ha aprobado la adhesión de la Oficina Tourist Info
del municipio de la Vila Joiosa a los "Puntos Violetas Turísticos", a través de
la firma de la carta de adhesión a los puntos violetas turísticos de la red Tourist Info de la Comunitat
Valenciana. Estos "Puntos Violeta Turísticos" son espacios en los que se sensibiliza
al visitante, turista y residente, y se atiende, informa y ayuda a personas visitantes y turistas
víctimas de cualquier tipo de agresión sexista.

Todos los grupos municipales se han mostrado a favor de la iniciación del
expediente para la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Azul de la
Generalitat a la Jueza de La Vila Joiosa, Excelentísima Señora Doña Consuelo María
Martínez Molina, Decana de los Juzgados de La Vila Joiosa y su partido judicial,
fundamentada en el precitado informe del Intendente Jefe de la Policía Local.

La propuesta para la sustitución paulatina y por necesidad de la flota de vehículos
de uso municipal con motores de combustión por vehículos eléctricos, así como habilitar
puntos de recarga para estos vehículos eléctricos en los estacionamientos donde se
guardan y en espacios públicos estratégicos para permitir su recarga no ha contado con
los apoyos suficientes de la Corporación Municipal al alegar el Gobierno Local que el
parque móvil de la Policía Local ya está renovando su flota con este tipo de vehículos y
habilitando un nuevo punto de recarga eléctrico en sus instalaciones a los ya existentes
en diversas zonas del municipio.

La Corporación Municipal ha aprobado con unanimidad solicitar al Consell de la
Generalitat Valenciana la construcción de viviendas de promoción pública en el
Municipio de la Vila Joiosa, así como ofrecer al Consell de la Generalitat Valenciana
suelo propiedad del Ayuntamiento de la Vila Joiosa para llevar a cabo la referida
construcción.

Finalmente, con unanimidad de todos los partidos ha salido adelante la propuesta
para la modificación del artículo 22.c de la Ordenanza municipal de Protección de
Ambiente Atmosférico (Llibre Verd) en el sentido de que cuando no se pueda utilizar el
sistema de extracción por chimenea y se trata de actividades que requieran de ventilación
o extracción de humos se podrá exceptuar del cumplimiento del art. 44 de la vigente
ordenanza permitiéndose la extracción a fachada siempre y cuando el establecimiento
disponga de un sistema de ventilación forzada que incorpore un equipo de tratamiento y
filtrado de aire eficaz que garantícela completa eliminación de olores, humos y grasas del
aire expulsado, siendo necesario que el hueco de salida quede a una altura superior a
2,20 metros por encima del nivel de vía pública y que no se produzcan molestias a
terceros.