Hasta el 23 de agosto se pueden presentar solicitudes para cubrir el puesto de Enterrador en Altea

La Empresa Pública de Desarrollo Municipal de Altea ha realizado una oferta de empleo para cubrir una plaza de Enterrador en la localidad. El plazo para presentar solicitudes está abierto hasta el próximo 23 de agosto en la Oficina de Atención Ciudadana de Altea y Altea la Vella. Con motivo de la jubilación de un funcionario adscrito a la PDM, se va a proceder a la contratación indefinida de un/a operario/a y la creación de una bolsa de empleo.
Los requisitos para optar a la plaza de Enterrador son:
1.    Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
2.    Estar en posesión del certificado de escolaridad, título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En caso de titulaciones o permisos obtenidos en el extranjero deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
3.    No padecer enfermedad o limitaciones físicas y psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
4.    Estar en posesión de carné de conducir tipo B
5.    Todas las condiciones enumeradas deberán cumplirse por los/las aspirantes el último día en que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria y deberán mantenerse con posterioridad. La presentación de instancias por los/as aspirantes supone la aceptación íntegra de estas Bases.

Las funciones serán:
1.    Cuidar del buen estado de conservación, limpieza y ornato de los servicios comunes, paseos de acceso, dependencias, plantas y arbolado.
2.     Custodiar conforme al inventario las herramientas y útiles del servicio, así como cuantos objetos y ornamentos en sepulturas que existan dentro del recinto.
3.     Evitar que las lápidas, marcos, cruces pedestales, etc., permanezcan separados, desprendidos o deteriorados, requiriendo a los titulares de derechos funerarios para que conserven las mismas en las debidas condiciones de ornato público.
4.     Recibir los cadáveres y restos cadavéricos que ingresen en el Cementerio a la puerta del recinto o lugar hasta que puedan avanzar los coches fúnebres.
5.    Comprobar la documentación exigida suficiente para inhumaciones, exhumaciones o traslado de cadáveres, no permitiendo la realización de tales servicios funerarios sin la documentación exigida.
6.     Practicar adecuadamente los servicios de inhumaciones, exhumaciones y traslados de cadáveres o restos cadavéricos. Así como los de apertura, cierre o cubrición de sepulturas. • Conservar las llaves del recinto y demás dependencias.
7.    Cumplir y vigilar el cumplimiento de las órdenes emanadas de las autoridades y organismos competentes.
8.    Dar traslado al superior responsable de cualquier incidencia que se produzca.
9.     Impedir la ejecución de obras sin licencia municipal o sin ajustarse a la licencia concedida.
10.     Plantación y reposición de árboles, arbustos, etc., dentro del recinto de acceso al Cementerio.
11.    Cultivar y cuidar, asiduamente y escrupulosamente, los viveros, planteles, rosales, macetones, arriate, macetas, arbolado, jardinillos de propiedad municipal que corresponda al cementerio, arrancando o inutilizando las especies y variedades que hayan sufrido desmérito o daño, practicar injertos, podas, limpieza de hierbas, trasplantes y demás operaciones que exijan el buen estado de los arboles y plantas del recinto y del recinto general.
12.    Regar y fertilizar el terreno, así como preparar el mismo mediante excavaciones, ensanches, apertura de hoyos acequias, regatas, etc.

Cabe destacar que la jornada de trabajo es de 1.826 horas anuales, distribuidas en cómputo mensual de 166 horas mensuales. En todo caso la jornada ordinaria semanal se realizará de Lunes a Domingo en atención a las peculiaridades especiales de esta actividad El salario estipulado por el convenio será de 20.900 euros brutos anuales.
    Las instancias deben presentarse acompañadas de Documento Nacional de Identidad (DNI), Pasaporte. En caso de no tener nacionalidad española, Pasaporte o Tarjeta de identificación de extranjero.Titulación académica exigida. Permiso de conducir (en vigor). Méritos para su valoración. Informe de Vida Laboral, emitido por la Seguridad Social, con fecha de expedición no superior a dos meses, tomando como referencia la fecha de aprobación de las bases y Currículum Vitae detallado.
     Cualquier modificación o incidencia, así como la publicación de resultados se hará pública mediante anuncios en el Tablón del Ayuntamiento y/o web municipal y de la empresa.