España abre la frontera a los vacunados con pauta completa

Los viajeros que acrediten estar inmunizados con la pauta completa de las vacunas Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen, autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA), o las chinas Sinopharm y Sinovac-Coronavac podrán entrar en España desde este lunes 7 de junio.

Así consta en la orden publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), elaborada por los ministerios de Sanidad e Interior, encargados del control sanitario y de fronteras, y que exige que se acredite como requisitos para entrar en España haber recibido la pauta completa 14 días antes.

En cuanto a los viajeros, según la citada orden de Interior y Sanidad, en la Unión Europea se está desarrollando el marco para la emisión, verificación y aceptación de certificados de vacunación, pruebas diagnósticas y recuperación, para facilitar la libre circulación entre estados miembros durante la pandemia, mediante la introducción del Certificado COVID Digital de la UE.

Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán cumplimentar antes de la salida un formulario de control sanitario a través de la web o la aplicación Spain Travel Health, sistema que ha sido modificado "para facilitar la localización de aquellos pasajeros sobre los que haya que aplicar medidas de trazabilidad, así como la inclusión en el procedimiento de control de la certificación de vacunación, prueba diagnóstica y recuperación que puedan presentar los viajeros".

Así, en el caso de fronteras terrestres todas las personas mayores de seis años, procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España deberán disponer de alguna de las certificaciones contempladas en esta resolución.

No podrán entrar en España los viajeros procedentes de Brasil, India y Sudáfrica debido a la alta incidencia de las variantes de la covid-19.

De esta forma y coincidiendo con la apertura a los turistas el 7 de junio, España pondrá a prueba el certificado verde digital, un código QR, consensuado por los 27 países de la UE, que avala que el turista no tiene covid bien porque está vacunado, ha pasado la enfermedad o presenta una PCR negativa.

Test de antígenos admitidos

España ha revisado los requisitos sanitarios de entrada en el país y, entre otras principales novedades, destaca la admisión de pruebas de antígenos rápidas aprobadas por la Unión Europea (UE) como certificado diagnóstico, junto con las PCR, hasta ahora las únicas aceptadas, y que son mucho más caras.

La normativa entra en vigor desde este lunes y tiene como novedades también los certificados de vacunación y de recuperación para viajeros procedentes de la Unión Europea (UE) y países del Espacio Económico Europeo (EEE), así como la apertura a los turistas vacunados desde países extracomunitarios.

Según publica este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE), las pruebas diagnósticas de infección para SARS-CoV-2 admitidas serán las de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), utilizadas para detectar la presencia del ácido ribonucleico (ARN), y los test de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para la covid-19, publicada por la Comisión Europea.

Se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de infección activa de la covid-19 con resultado negativo expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España.

Cualquiera de los tres certificados citados deberá estar redactado en español, inglés, francés o alemán y, si no es posible obtener el original en alguno de estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.

También aparece regulado en esa misma orden el movimiento de los pasajeros vinculados a los buques de pasaje tipo crucero internacionales y cuya actividad ha quedado restablecida el 27 de mayo de 2021.

Por otra parte, se permitirá la entrada en frontera a estudiantes que realicen sus estudios en los estados miembros o estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado para estancia de larga duración, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.