Escrivá descarta renegociar la jubilación anticipada pese a la demanda de ASJUBI40 en Europa

El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, descarta reabrir la negociación sobre una suavización o eliminación de las penalizaciones a la jubilación anticipada con 40 o más años cotizados, a pesar de la reclamación ante las instancias europeas que ha puesto en marcha la asociación ASJUBI40, que ultima la presentación de una queja ante la Comisión Europea y no descarta la judicialización del conflicto también a escala comunitaria.

A preguntas de 65YMÁS, el ministro Escrivá ha enfatizado que "las decisiones en el ámbito de pensiones del sistema provisional de un país son soberanía del país, y cuando entra la dimensión europea, fundamentalmente se debe a temas de sostenibilidad fiscal. Pero los sistemas de pensiones son muy distintos entre los países y, justamente, si acudimos a una referencia europea, las reivindicaciones que plantea este colectivo están extraordinariamente alejadas de las prácticas en la mayoría de países de nuestro entorno".

De hecho, según ha puesto de relieve el titular de la Seguridad Social, durante la presentación de los datos de afiliación del mes de abril, "en términos de jubilación anticipada, la mayoría de países europeos son en general más exigentes que España". 

 

El Pacto de Toledo sí puede reabrir este asunto

Para justificar su negativa a reabrir la renegociación de los recortes perpetuos de pensión que sufren quienes se jubilan de modo anticipado acumulando más de 40 años cotizados (recordemos que en 2022 es posible jubilarse a los 65 años con 37 años y seis meses cotizados), el ministro ha recordado que ese asunto "ya lo estudiamos en el informe que nos pidió el Pacto de Toledo", en referencia al informe que solicitaron los grupos políticos del Pacto de Toledo, para analizar las implicaciones financieras de una eventual supresión de coeficientes reductores para jubilados con largas carreras laborales.

Escrivá pone de relieve que desde su ministerio "ya dimos las explicaciones que nos pidieron, y creo que la solución que hemos adoptado, consistente en introducir un elemento de equidad adicional con el plus complementario, son generalmente aceptadas". Además, en este punto, el responsable de Seguridad Social no ve "ninguna iniciativa generalizada en el ámbito político o en el ámbito del pacto de Toledo que me lleve a pensar que ellos quieran reabrir este asunto. Pero sí estaría en la soberanía del Pacto de Toledo si en algún momento quieren hacerlo", remacha.

Respecto a las quejas llegadas a 65YMÁS de algunos jubilados anticipados, que no han recibido en su nómina del mes de marzo el complemento de pensión al que creen tener derecho, el ministro asegura: "Vamos a anotarlo y veremos si ha habido alguna incidencia y, en su caso, si hay que corregir algo, lo haremos". Fuentes oficiales del Ministerio detallan que "todavía queda algún colectivo por hacer el reconocimiento de oficio. Cuando se realicen, no obstante, si algún pensionista considerara hipotéticamente que le corresponde el complemento y no se le ha reconocido, podría hacer reclamación, claro, como habitualmente".

ASJUBI40 acude a la Comisión Europea

Las declaraciones del ministro chocan de frente con la postura que defiende la asociación de jubilados anticipados con 40 o más años de cotización ASJUBI40 (@asjubi40), que ultima la presentación de una reclamación ante la Comisión Europea, a través del despacho Navas & Cusí, con el fin de que las instancias europeas reconozcan "la violación del Derecho europeo por el Estado español y se derogue la penalización de la jubilación anticipada en largas carreras de contribuciones a la Seguridad Social".

La actual Ley, así como la nueva reforma que se ha aprobado, Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público, "infringen numerosa normativa y preceptos tanto del ordenamiento nacional como a nivel comunitario. Con la aplicación de los nuevos coeficientes, se produce un agravio comparativo con el resto de los trabajadores que se jubilan a la edad ordinaria, lo cual es claramente discriminatorio", según denuncia el bufete Navas & Cusí, especializado en Derecho comunitario.

Cinco categorías de jubilados afectados

A juicio del letrado y socio titular del bufete, Juan Ignacio Navas Marqués, “es una cuestión estrictamente propia de la jurisdicción europea que está por encima de la jurisdicción nacional. De este modo, se han podido clasificar cinco categorías principales de afectados, como son los jubilados anticipados involuntarios, jubilados anticipados que trabajaron en otro país europeo, jubilados anticipados con discapacidad, voluntarios y mujeres a tiempo parcial".

Para el bufete que lleva la reclamación en Europa, todas estas categorías tienen el denominador común de "padecer la misma discriminación o vulneración de derechos, pero tienen antecedentes de hechos diferentes, de ahí que se proceda a la presentación de diferentes escritos de quejas". Navas Marqués explica asimismo que las instituciones europeas no tienen la competencia de dictar las medidas exactas a ser tomadas por los Estados miembros, pero pueden examinar si las medidas son adecuadas o no para cumplir con las obligaciones del Derecho comunitario. En el caso de demostrarse que la legislación interna infringe la normativa europea, pueden sancionar al Estado miembro con el pago de una multa consistente en una suma a tanto alzado y/o en multas diarias.