El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales desestima el recurso de HOSBEC y confirma la legalidad de los pliegos del Imserso.

El TACRC no ha tenido en cuenta el informe de costes presentado por HOSBEC y no considera relevante para el contrato el cumplimiento de las condiciones de los trabajadores, por no ser el servicio hotelero un servicio que contrate directamente el IMSERSO. 
 
El TACRC recalca que el precio hotelero se ha elevado en dos euros respecto del programa anterior pasando de 23 a 25 euros, con un 8% de incremento.

 

En un tiempo récord y como un jarro de agua helada se ha recibido a última hora de esta mañana la resolución el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en la que desestima el recurso presentado por HOSBEC y declara la legalidad de los pliegos redactados por el Imserso para el Programa de Turismo Social 2021-2024.
 
El TACRC ha tardado menos de cuatro semanas en tramitar este expediente y teniendo una especial incidencia el mes de agosto, lo que significa una tramitación en tiempo récord. 
 
La desestimación de los motivos que HOSBEC alegaba para la nulidad de estos pliegos pueden resumirse en los siguientes puntos:
 

  • Entiende que los servicios del programa de Turismo de Mayores del IMSERSO se financian fundamentalmente con aportaciones de los usuarios, que son los verdaderos destinatarios del mismo, siendo la aportación de la Administración más residual ya que sólo financia el 23,85% del coste del servicio. 
  • No considera que la exclusión de hoteles de 2 estrellas vulnere los principios de igualdad y competencia porque entiende que el órgano de contratación considera más satisfactorio para los usuarios destinatarios que el programa se preste en hoteles de 3 estrellas o más.
  • Entiende que la asignación de una mayor puntuación a los hoteles de 4 estrellas es un criterio de valoración objetivo y vinculado del objeto del contrato que permite valorar la calidad y las prestaciones ofrecidas. 
  • Sobre los costes del sector hotelero, no entra a valorar el informe presentado por HOSBEC y elaborado por la Universidad de Alicante, ya que entiende que es un mero documento privado que carece de los requisitos de informe pericial y reafirma que la prueba de que los costes correspondientes al alojamiento son insuficientes, corresponde a quien alega esta insuficiencia, afirmando que el recurrente (HOSBEC) no ha aportado elementos probatorios suficientes. 
  • Sobre el coste laboral del servicio, entiende que no es de aplicación ya que el IMSERSO no contrata directamente con los establecimientos hoteleros, ni este es el objeto directo del contrato. 

No obstante, el Tribunal recoge expresamente, que el precio del servicio hotelero según el estudio del Imserso se ha incrementado dos euros por persona y día (un 8%) pasando de 23 a 25 euros, siendo este el precio mínimo que debe aplicar en sus contratos la empresa que resulte adjudicataria de la licitación.
 

Valoración de HOSBEC.
Al margen de la posibilidad de recurrir esta resolución ante la Audiencia Nacional (hay un plazo de 2 meses para hacerlo y los órganos de dirección de HOSBEC lo estudiarán en breve) nuestra valoración es muy negativa. 
 
Aunque el TACRC pueda declarar legales los pliegos, desde luego que “son absolutamente inmorales para un sector que ha sufrido como ningún otro con esta pandemia y que es condenado de nuevo a un marco, y por tres años, de ruina absoluta” ha indicado el presidente de HOSBEC. “El Gobierno de España se aprovecha del hundimiento del sector turístico machacado durante 18 meses de cierre y restricciones y le da la puntilla con esta resolución en lugar de buscar un marco económico justo para todas las partes”.
 
Ningún tribunal administrativo ni ningún órgano de la administración podrá acreditar jamás que el precio de 20,90€ (23€ al que quitamos el IVA) es un precio que cubre el coste de producción de una plaza de alojamiento en hotel preferentemente de 4 estrellas, con desayuno, almuerzo, cena, vino y agua incluido, wifi gratis, animación y todos los servicios hoteleros. Con una energía eléctrica que hoy supera los 105€ Mw/h y con los costes de alimentos, suministros y personal disparados y un IPC al 2,9%”, ha informado la secretaria general de HOSBEC, Nuria Montes, “y no lo podrá acreditar simplemente porque vender a ese precio es vender a pérdidas”. 
 
Mientras que HOSBEC ha aportado un estudio de una reputada Universidad y realizado en el ámbito nacional para justificar y probar el coste de producción de una plaza IMSERSO, el TACRC desestima este informe por no reunir las características de prueba pericial pero da por buenas las referencias del IMSERSO que dice haber hecho diferentes estudios y prospecciones sobre los precios de mercado para la realización de este tipo de programas cuyo contenido no consta ni en el pliego de condiciones ni en la resolución hoy conocida. 
 
Las consecuencias de esta resolución tienen efectos mucho más allá del ámbito administrativo del colectivo social: diversos turoperadores internacionales ya se están frotando las manos en la negociación de los próximos contratos al comprobar que el Gobierno de España pone “precio de saldo” a su industria hotelera. 

Los números no engañan

Diga lo que diga la resolución del TACRC los datos son muy claros. El ejemplo de laboratorio nos da todas las claves:

Un hotel de 4 estrellas y 200 habitaciones que contrate con el programa de Turismo del Imserso en exclusiva. Como está situado en Benidorm tiene una ocupación media del 80% ,lo que le genera una facturación a estos precios de unos 200.000 euros mensuales. 
Este hotel tiene obligación de tener una plantilla mínima de 58 trabajadores para cumplir con el ratio de 1 trabajador cada 7 clientes del IMSERSO (ratio obligatorio según pliegos). 
Con esos ingresos se determina el efectivo disponible para atender sueldos y salarios, incluidas cotizaciones sociales y es el 40% del total de ingresos, lo que resulta una cantidad de 80.000 euros. Una vez pagados los seguros sociales, nos queda para nóminas un bruto de 58.000 euros, que entre 58 trabajadores supone 1.000 euros por cada uno de ellos tenga la categoría que tenga.
Según el convenio de hostelería de Alicante, los salarios para los trabajadores de hoteles de 4 estrellas oscilan entre 1.080 euros para nivel 6 (auxiliares) y 1.469€ para nivel 1 (jefes de departamento).

¿Dónde están los sindicatos para defender los derechos de los trabajadores de estos hoteles? ¿A qué interés realmente representan?