El defensor del pueblo pone en entredicho la norma de Podemos para el acceso a una vivienda pública

La arquitectura legal que ha preparado el departamento de Vivienda de la Generalitat Valenciana, en manos de Unidas Podemos, para el acceso a una vivienda pública no solo tiene algún que otro agujero, sino que directamente da la espalda a los colectivos más vulnerables. Es la principal conclusión de la investigación abierta por el defensor del pueblo valenciano, el llamado Síndic de Greuges, tras la queja de oficio que inició contra un decreto de Vivienda que obliga a realizar todos los trámites de manera telemática.

Fue una de las primeras normas que puso en marcha el actual vicepresidente segundo del Gobierno valenciano, Héctor Illueca. El también conseller de Vivienda y dirigente de la formación morada siempre ha defendido que cuando aterrizó en el departamento se encontró con que el registro de demandantes de vivienda pública que no estaba regulado. El decreto ahora en cuestión perseguía dar respuesta a todas las personas que se inscribían demandando una vivienda pública tal y como reconoce la ley valenciana de función social de la vivienda.

Sin embargo, en una resolución que firma el Síndic de Greuges, el socialista Ángel Luna, se pone en entredicho las bases del decreto. Paradójicamente, por poner una barrera administrativa a quienes más necesidad tienen de un recurso habitacional. Según la resolución del Síndic de Greuges, "la realidad nos muestra como el perfil de las personas que solicitan la concesión de una vivienda pública, al no poder satisfacer la necesidad que tienen de un alojamiento estable, digno y de calidad a través de sus propios medios, es el de una persona que normalmente se halla en una situación de vulnerabilidad, para quien la exigencia de tramitar su solicitud de vivienda a través de medios exclusivamente electrónicos puede representar un nuevo obstáculo".

Dicho con otras palabras, obligar a solicitar una vivienda pública a través de internet no hace sino agrandar la "brecha digital" de los colectivos con menos recursos. La Conselleria argumentó al Síndic de Greuges que para ayudar a la presentación electrónica de las solicitudes se había puesto en marcha la llamada Xarxa Xaloc de oficinas. La respuesta no ha convencido al defensor del pueblo: "No se halla todavía presente en todos los municipios de nuestra comunidad y, por lo tanto, no permite la atención de todas las personas que pueden solicitar la adjudicación de una vivienda".

No es el único problema que detecta la Sindicatura en el decreto que viene a desarrollar una de las leyes estrella del actual Gobierno valenciano del Botànic: la de la función social de la vivienda. El propio Síndic de Greuges reconoce que "constituyó, sin lugar a dudas, un hito en la legislación en materia de vivienda, no sólo en el ámbito de la Comunidad Valenciana, y se caracterizó por establecer unos objetivos ambiciosos, por redefinir el concepto de derecho a la vivienda, elevándolo a la categoría de auténtico derecho subjetivo". Es decir, la legislación valenciana creaba por primera vez la obligación jurídica de las administraciones de garantizar ese derecho a la vivienda". Y esto es lo que no hace, sin embargo, el decreto de la Conselleria de Illueca. En parte por la tardanza a la hora de resolver o, incluso, de contestar a las solicitudes.

El Síndic advierte de que "reconocer, a través de las leyes, ambiciosos derechos que luego no son efectivamente satisfechos solo puede generar frustración en la ciudadanía". Y, en este caso, "la ausencia de un parque público de vivienda suficiente para absorber la demanda existente (...) no es óbice ni puede constituir una excusa a la hora de garantizar a los ciudadanos valencianos el derecho a la vivienda que la ley no solo les reconoce, sino que les garantiza en términos claros e imperativos".

"Un sistema en el que el mecanismo consiste en presentar una solicitud, que tiene una vigencia de dos años, tras los cuales, si no se ha obtenido un recurso para satisfacer el derecho a la vivienda, se decae en la solicitud, hemos de considerar que no sirve a la satisfacción efectiva de este primer derecho a obtener una resolución expresa, motivada y congruente a lo solicitado", critica Luna en su resolución, que subraya que los demandantes pueden estar años esperando a que la Administración resuelva su situación. El defensor insiste en que cuando una persona solicita una vivienda pública, la Administración debe responderle en el plazo legal de seis meses y detallarle cómo va a resolver su problema habitacional.

Lo que desde la Sindicatura de Greuges se pide a Vivienda, por tanto, es que haga automática la ayuda al alquiler cuando no pueda conceder un piso público a los colectivos más vulnerables. Fuentes de la Conselleria de Vivienda aclararon que "es importante tener en cuenta que el sistema de ayudas al alquiler tiene un procedimiento concreto y debe responder a la normativa que las regula". "Se trata de ayudas concedidas por concurrencia competitiva, y no todas las personas que cumplen los criterios para recibir una ayuda se encuentran inscritas en el registro", agregaron estas fuentes.

Desde la Conselleria, en todo caso, se aseguró que "las recomendaciones efectuadas por el Síndic de Greuges van a ser estudiadas con detenimiento para determinar qué medidas pueden contribuir a mejorar las políticas de vivienda, siempre dentro del marco legal vigente".